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26.1.13

Ciudades Emergentes y Sostenibles

 En el día de la fecha, se planteó desde el Municipio de la Ciudad de Paraná, la posibilidad -junto a representantes de la Jefatura de Gabinete de la Nación y del Banco Interamericano para el Desarrollo (BID)- de que la ciudad sea incluída en el programa "Ciudades Emergentes y Sostenibles", financiada por el organismo internacional.
Fuente: Medios digitales.
Conocer más... Ciudades Emergentes y Sostenibles.

8.12.12

Mapa Global de Emergencias y Desastres

Mapa Global de Servicio de Información de Emergencias y Desastres.

28.2.12

Asistente para la Construcción Sostenible.

ATECOS es la primera y más completa plataforma informativa sobre construcción sostenible, donde los profesionales del sector podrán encontrar:
•Las soluciones más efectivas para mejorar la sostenibilidad de los edificios
•Los productos y servicios más innovadores del mercado
•Los requisitos legales y la normativa vigentes
•Las subvenciones y líneas de ayuda disponibles en cada momento
•Y una amplia red de contactos comerciales
Dispone de una aplicación web basada en el concepto de Sistemas Expertos de búsqueda con la que el usuario podrá encontrar fácilmente la información que necesita.
Dicha información está alojada en una base de datos alimentada por todas las entidades que participan en la plataforma y supervisada por un panel de expertos independientes.
ATECOS comienza su andadura ofreciendo información y opinión sobre eficiencia energética en la edificación pudiendo incorporar paulatinamente contenidos en otras áreas de interés como el uso materiales más sostenibles o soluciones para el ahorro agua.

6.2.12

Energía Eólica en Noruega.

Si le interesa la investigación y desarrollo sobre energías renovables, particularmente la Eólica seguramente le podrá interesar este sitio. Estudios sobre proyectos bird-friendly para las turbinas a los efectos de mitigar los impactos sobre diferentes especies de aves son algunos de los temas que creo interesantes para leer.
http://www.cedren.no/Projects.aspx 

28.12.11

Fitosanitarios, Respuesta ante Incidentes

Recomendaciones Básicas
1.- Colocar a la persona afectada en un lugar ventilado.
- Sacarle las ropas si están contaminadas.
- Lavar con abundante agua (durante 15 minutos) los ojos y otras partes del
cuerpo expuestas al producto.
2.- Si aún no se hizo, llamar al médico o llevar a la persona afectada a un
Centro Asistencial
3.- Entregar al médico la etiqueta del producto.
4.- Indicar al médico que se comunique con el :
TAS – Servicio Toxicológico de Urgencias
- Atención las 24 horas -
Tel/fax: (0341) – 424 - 2727
5.- Si la emergencia involucró un accidente, derrame, incendio, los bomberos
locales deben actuar. Para lograr información sobre los pasos a seguir,
comuníquese con:
División de Riesgos Especiales de Bomberos de la Policía Federal Argentina
(011) 4644 – 2792 / 2795

2.12.11

Impacto Ambiental de un Estadio de Fútbol.

Compatibilidad medioambiental del emplazamiento del estadio
La compatibilidad medioambiental es una de las primeras consideraciones para
la elección del emplazamiento de un estadio. Es un asunto cambiante, complejo y con una fuerte connotación política que se ha de analizar cuidadosamente. Por ejemplo, a la mayoría de nosotros nos disgustaría vernos súbitamenteconfrontados con la posibilidad de que nuestras casas quedasen ensombrecidas por los muros de un nuevo estadio de fútbol. La proximidad de zonas residenciales existentes es el aspecto más sensible en la construcción de un estadio nuevo y debe evitarse en la medida de lo posible.
Los aspectos medioambientales que dan motivo a preocupación respecto a la construcción de un nuevo estadio son los siguientes:
– aumento del tráfico;
– mayores fuentes de ruido, y frecuentemente hinchas/peatones agresivos;
– ruido proveniente del evento;
– iluminación exterior del estadio y luz artificial del evento;
– ensombrecimiento de propiedades adyacentes;
– carencia de actividad en las inmediaciones del estadio en días sin partidos;
– dimensiones inapropiadas del proyecto en relación con su entorno.

Un análisis detallado y un diseño adecuado, así como controles operacionales, pueden mitigar la mayoría de los problemas arriba mencionados para la satisfacción de los vecinos.
Algunos ejemplos al respecto son: planificar el horario de partidos y el manejo de la multitud, considerar zonas restringidas de acceso, utilizar deflectores acústicos y de iluminación, construir el estadio a nivel subterráneo a fin de disminuir su altura, y considerar en el proyecto la utilización del estadio para actividades extrafutbolísticas.
Un detallado diseño paisajístico, con plantación de arbustos, árboles y arriates de flores en el proyecto y sus alrededores, creará un enorme beneficio visual para los usuarios del estadio y la comunidad local. Enverdecer el lugar de un estadio realza la percepción y el hecho de que la obra respeta el medio ambiente y a sus vecinos. Asimismo, se debería considerar el impacto de ríos y lagos cercanos sobre la napa freática del lugar y, por tanto, respecto a la capacidad de drenaje del terreno de juego.

Fuente: Estadios de fútbol, Recomendaciones Técnicas y Requisitos. FIFA, 4ta. Ed. 2007.

1.12.11

SEGURO de CAUCION por DAÑO AMBIENTAL de INCIDENCIA COLECTIVA.

Entidades Autorizadas
Resoluciones que sustentan al SAO
Resolución 177/07 SAyDS y Mod. 303 y 1639/07
Resol. Conjuntas SAyDS y Secr. de Finanzas 178/007 y 12/2007
Resol. Conjunta 98/2007 y 1973/2007, Secr. de Finanzas y SAyD
Resolución 1398/08 SAyDS
Resolución SSN 35186/10
Resolución SAyDS 481/11
Resolución Conjunta Secretaría de Finanzas y SAyDS Nros. 66/2011 y 945/2011
Nota: Se debe verificar  modificaciones que pudieren surgir en el tiempo.
Fuentes: www.ssn.gob.ar, www.caara.com.ar

29.11.11

Manual Nacional para Inspectores Ambientales.

Manual Nacional para Inspectores Ambientales / Atilio Andrés Porta - 1a ed. -
Buenos Aires: Programa Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD; Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable de la Nación, 2011.

27.11.11

Ley General del Ambiente N° 25.675/02.

Presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. Principios de la política ambiental. Presupuesto mínimo. Competencia judicial. Instrumentos de política y gestión. Ordenamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental. Educación e información. Participación ciudadana. Seguro ambiental y fondo de restauración. Sistema Federal Ambiental. Ratificación de acuerdos federales. Autogestión. Daño ambiental. Fondo de Compensación Ambiental.
Seguro ambiental y fondo de restauración
ARTICULO 22. — Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir; asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación.///////
La Resolución SAYDS 177/07 reglamenta el art. 22:
  • Determina cuales son las actividades riesgosas que deben contratar un seguro de riesgo por daño ambiental.
  • Define los criterios para establecer los montos mínimos asegurables “entidad suficiente de la cobertura”.
  • Establece al autoseguro como modalidad de seguro aceptable para el cumplimiento de la Ley.
  • Crea la UNIDAD DE EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES (UERA) en el ámbito de la SAyDS.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79980/norma.htm

    22.10.11

    Manual Ambiental y Social del PROSAP.

    Establece los mecanismos y procedimientos ambientales y sociales aplicables para la preparación, evaluación, ejecución y seguimiento de los proyectos del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP).

    25.7.11

    Calidad del Agua. Responsabilidad de todos.


    Proteger la calidad del agua:
    Una responsabilidad compartida para beneficio común.

    www.unwater.org

    6.6.11

    Certificación LEED. Construcción Sustentable.



    La sigla LEED significa Leadership in Energy and Environmental Design (Liderazgo en Energía y Diseño Ambiental). La Certificación LEED distingue proyectos de construcción que han demostrado un compromiso con la sustentabilidad al cumplir los más altos estándares de desempeño en eficiencia energética y bajo impacto al medio ambiente. El sistema de clasificación LEED fue creado por el USGBC (United States Green Building Council) para establecer un criterio de medición que permita definir claramente qué es sustentable y que promueva procesos de diseño integrados. El sistema LEED promueve y acelera la adopción global de prácticas sustentables de construcción y de desarrollo a través de la creación y de la implementación de herramientas y criterios comprendidos y aceptados internacionalmente.
    El índice LEED es un sistema de evaluación y certificación estandarizado, utilizado para clasificar proyectos y certificar aquellos que demuestran ser los más sustentables en cuanto a diseño, métodos constructivos, y métodos operativos. Este sistema le otorga a dueños y desarrolladores las herramientas necesarias para poder medir de manera inmediata el impacto sobre el rendimiento de su propiedad.
    De acuerdo al índice LEED, se pueden obtener un máximo de 69 puntos, y existen 4 niveles de rendimiento:
    Platino: 80 + puntos
    Oro: 60 - 79 puntos
    Plata: 50 – 59 puntos
    Certificado: 40 – 49 puntos
    Por el momento, las certificaciones en la Argentina se hacen a través del USGBC.
    Uno de los objetivos del ArgentinaGBC es el de adaptar el sistema LEED a la Argentina, para así poder generar un sistema aplicable en nuestro país, y que permita certificaciones locales a través del ArgentinaGBC.
    Fuente: http://www.argentinagbc.org.ar/leed-v3.php

    9.6.10

    Decreto 4977/09 EIA Entre Ríos.

    REGLAMENTACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
    Paraná, 11 de Diciembre de 2009
    Boletín Oficial, 21 de Diciembre de 2009
    VISTO:
    La Ley General del Ambiente Nº 25.675 y el artículo 22 de la Constitución Provincial; y
    CONSIDERANDO:
    Que existe un interés primordial acerca de la preservación, mantenimiento, mejoramiento y recuperación de los recursos naturales y el ambiente humano, para lograr y mantener una óptima calidad de vida;
    Que la Ley Nº 25.675, en su artículo 11, establece que: toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución;
    Que el artículo 22 de la Constitución Provincial, establece que: todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer las de generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común;
    Que como consecuencia de las actividades antrópicas y la utilización irracional de los recursos naturales se produce la degradación del ambiente, generando problema económicossociales que afectan la calidad de vida de la población y su entorno;
    Que es de suma importancia regular el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, como instituto necesario para la conservación del ambiente en todo el territorio de la Provincia, estableciendo formas de presentación y trámites a los que estarán sometidos los estudios de impacto ambiental a fin de predecir razonablemente los impactos adversos que se generen sobre el medio ambiente;
    Que la evaluación del estudio de impacto ambiental es un componente importante del sistema de gestión ambiental y que se caracteriza por ser un instrumento de carácter preventivo tendiente a evitar conflictos ambientales;
    Que dicha evaluación es un instrumento esencial del ordenamiento territorial y por lo tanto de planificación estratégica, en lo referido a la localización de actividades y emprendimientos en el ámbito físico del territorio de la Provincia;
    Que mediante el presente se propicia la aplicación de procedimientos administrativos eficaces para la preservación y mejora de la calidad ambiental de la Provincia;
    Por ello;
    El Gobernador de la Provincia
    DECRETA:
    Art. 1º - Apruébese la reglamentación del Estudio de Impacto Ambiental, el que agregado forma parte integrante del presente.
    Art. 2º - Dispónese que el presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
    Art. 3º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
    Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese.
    Texto completo en : http://www.entrerios.gov.ar/medioambiente/

    16.4.10

    Mercancías Peligrosas. Panel Seguridad.

    Identificación de Materia Peligrosa

    Materia peligrosa es todo material nocivo o perjudicial que, durante su fabricación, almacenamiento, transporte o uso, pueda generar o desprender humos, gases, vapores, polvos o fibras de naturaleza peligrosa ya sea explosiva, inflamable, tóxica, infecciosa, radiactiva, corrosivo o irritante en cantidades que tengan probabilidad de causar lesiones y daños a personas instalaciones o medio ambiente.

    20.3.10

    Estudio de Impacto Ambiental. EIA. Planificación.

    La planificación de un Estudio de Impacto Ambiental involucra dos actividades claves: el Screening y el Scoping.
    Concepto de Screening
    El Screening, también denominado “selección”, permite definir exactamente aquellos aspectos ambientales que deben ser evaluados en el desarrollo de un Proyecto y excluir aquellos que no son ambientalmente significativos, permitiendo así establecer la profundidad de los estudios ambientales necesarios de realizar. Representa la primera etapa de la Incorporación de la Dimensión Ambiental dentro de un Proyecto.
    Los objetivos del Screening son los siguientes:
    Proporcionar una definición de la escala y del tipo de proyecto.
    Identificar los “componentes valiosos del ecosistema” (CVE), existentes en el área de estudio.
    Establecer la naturaleza general de los potenciales impactos del medio sobre el Proyecto y de éste sobre el medio receptor.
    Sugerir el proceso de EIA más adecuado para aplicarlo al Proyecto en cuestión.
    Concepto de Scoping
    El Scoping es un proceso que se utiliza para definir el alcance que determina los puntos clave que son necesarios de examinar en la evaluación durante la realización de un estudio ambiental en particular. Este proceso incluye:
    La definición de los límites geográficos del estudio en relación con los posibles impactos.
    La identificación de las limitaciones y los horizontes temporales de los estudios (es decir, los límites temporales del Proyecto y cuan lejos en el tiempo es posible predecir sus efectos)
    La identificación de las técnicas y de los recursos humanos necesarios para desarrollar el Proyecto
    Los procesos de Screening y Scoping pueden considerarse completados, una vez desarrolladas las siguientes tareas:
    Descripción de la necesidad del Proyecto
    Descripción del Proyecto propuesto y de soluciones alternativas
    Identificación de los Componentes Valiosos del Ecosistema (CVEs)
    Identificación de los potenciales impactos de las distintas opciones del Proyecto sobre los CVEs dentro del área de estudio y de los potenciales impactos del Medio Biofísico y Socioeconómico sobre el Proyecto.
    Consulta con los funcionarios locales respecto de las opciones y de los impactos, a los efectos de establecer la capacidad institucional respecto del tratamiento de los problemas ambientales en el área de estudio
    Selección de la opción de Proyecto más adecuada (concepto)
    Identificación del tipo de EIA a ser aplicada a la opción de Proyecto seleccionada.

    10.3.10

    Iluminación Eficiente. Manual.

    El uso eficiente de la energía permite reducir el impacto ambiental asociado a la producción y consumo de energía, además de reducir los gastos de los usuarios y las inversiones para incrementar la oferta de la energía.
    Cuando se trata de fuentes energéticas no renovables, la eficiencia energética permite postergar el agotamiento de las mismas, facilitando así una transición hacia tecnologías de las energías renovables para satisfacer nuestras necesidades.
    La posibilidad de reducir el requerimiento de inversiones es particularmente relevante para el Sector eléctrico argentino en el actual contexto económico. En el caso particular de la iluminación, existen muchas oportunidades, de aplicación inmediata para el uso eficiente de la energía eléctrica.
    Los beneficios ambientales del uso eficiente de la energía eléctrica son tanto locales como globales. En tanto este permite reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero, resultando ser una medida para la mitigación del cambio climático.
    Existen fondos y mecanismos mundiales para promover actividades de mitigación, entre ellos el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), también conocido como Global Environment Facility (GEF).
    EL FMAM ha financiado un programa de iluminación eficiente, denominado ELI (Efficient Lighting Initiative) en siete países, entre ellos la Argentina.
    Entre las actividades desarrolladas por ELI-Argentina, cabe mencionar el Manual de Iluminación Eficiente, publicado como CD en el año 2002, que se publica aquí en formato de libro electrónico.
    Este libro ha servido de base para el desarrollo de un seminario de iluminación eficiente de nivel universitario, realizado por la Universidad Tecnológica Nacional.
    El objetivo del seminario es proveer las herramientas necesarias para el conocimiento de la luminotecnia, con énfasis en la eficiencia, incluyendo criterios de diseño para la iluminación eficiente y los instrumentos para una evaluación técnico-económica de la misma.
    El material didáctico que se adjunta comprende, además del libro ELI, nuevos anexos al mismo y dos guías de estudio: una dirigida a los alumnos (preguntas para cada capítulo) y otra dirigida al docente (preguntas y respuestas para los distintos capítulos del libro) que permiten al alumno la ejercitación en el diseño de instalaciones eficientes de iluminación y al docente, la evaluación de los alumnos en esta área especifica.

    16.9.09

    Hojas de Seguridad Productos Bayer Argentina.

    Hojas de Seguridad y Fichas para Emergencias en el Transporte.
    Seguridad, Calidad y Medio Ambiente

    1.9.09

    Residuos de Construcción. RDC.

    Los residuos de construcción y demolición (RCD) habitualmente son clasificados como residuos urbanos, aunque están más relacionados a una actividad industrial que doméstica. Éstos, en general, son poco cotizados, no son peligrosos y no existe legislación sobre su gestión, manipulación y uso. La falta de un sistema de gestión adecuado para este tipo de residuos, está creando un grave problema en el entorno de nuestras ciudades, situación que se agrava año tras año e incide directamente sobre el medio ambiente, propiciando su deterioro. Además, el abandono indiscriminado de todos estos residuos supone un importante desperdicio, ya que se pierden una serie de recursos que podrían ser recuperados y reutilizados (maderas, hierros, tierras, papel, plásticos, etc.).
    Los RCD de la ciudad de Rafaela - y muchas otras-, que son entregados a empresas de contenedores, son enviados al relleno sanitario y algunos de ellos se destinan para mejorar los caminos del mismo. Para dichos residuos no existe ninguna reglamentación específica y una vez ingresados al predio no se realiza una separación de acuerdo a sus características.
    Las comunas de la zona relevadas no poseen marco legal relacionado con la gestión y disposición de RP y RCD, y en general éstos tienen como destino final fosas o cavas o mejoramiento de caminos.
    Fuente:RELEVAMIENTO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN LA CIUDAD DE RAFAELA Y DEPARTAMENTO CASTELLANOS – SANTA FE. M. C Panigatti, H. Begliardo, C. Griffa, R. Boglione, S. Casenave, M. Sanchez. y D. Cassina.
    Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional Rafaela