El círculo retrorreflectivo indicativo de la velocidad máxima en vehículos de carga deberá estar ubicado lo más alto y hacia la izquierda posible.
Sin embargo y a efectos de facilitar su identificación no es recomendable que la altura supere los 3 m.
El círculo debe ser de color blanco no debiendo tener bordes de otros colores.
La identificación de la velocidad máxima debe hacerse solo con el numero correspondiente sin el agregado de unidades u otras leyendas.
El círculo debe ser de color blanco no debiendo tener bordes de otros colores.
La identificación de la velocidad máxima debe hacerse solo con el numero correspondiente sin el agregado de unidades u otras leyendas.
Marco Normativo:
Ley 24.449 - Artículos 29 y 30
Decreto 779/95 - Artículos 29 y 30
Resolución ST 492/2004
Resolución ST 492/2004
Norma IRAM 3952/84
Consultar normativa y eventuales modificaciones.