9.6.10

Decreto 4977/09 EIA Entre Ríos.

REGLAMENTACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Paraná, 11 de Diciembre de 2009
Boletín Oficial, 21 de Diciembre de 2009
VISTO:
La Ley General del Ambiente Nº 25.675 y el artículo 22 de la Constitución Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que existe un interés primordial acerca de la preservación, mantenimiento, mejoramiento y recuperación de los recursos naturales y el ambiente humano, para lograr y mantener una óptima calidad de vida;
Que la Ley Nº 25.675, en su artículo 11, establece que: toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución;
Que el artículo 22 de la Constitución Provincial, establece que: todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer las de generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común;
Que como consecuencia de las actividades antrópicas y la utilización irracional de los recursos naturales se produce la degradación del ambiente, generando problema económicossociales que afectan la calidad de vida de la población y su entorno;
Que es de suma importancia regular el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, como instituto necesario para la conservación del ambiente en todo el territorio de la Provincia, estableciendo formas de presentación y trámites a los que estarán sometidos los estudios de impacto ambiental a fin de predecir razonablemente los impactos adversos que se generen sobre el medio ambiente;
Que la evaluación del estudio de impacto ambiental es un componente importante del sistema de gestión ambiental y que se caracteriza por ser un instrumento de carácter preventivo tendiente a evitar conflictos ambientales;
Que dicha evaluación es un instrumento esencial del ordenamiento territorial y por lo tanto de planificación estratégica, en lo referido a la localización de actividades y emprendimientos en el ámbito físico del territorio de la Provincia;
Que mediante el presente se propicia la aplicación de procedimientos administrativos eficaces para la preservación y mejora de la calidad ambiental de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º - Apruébese la reglamentación del Estudio de Impacto Ambiental, el que agregado forma parte integrante del presente.
Art. 2º - Dispónese que el presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese.
Texto completo en : http://www.entrerios.gov.ar/medioambiente/