1.12.08

Normas IRAM sobre Extintores

IRAM 3517-Parte I
INTRODUCCION
El contenido de esta norma, está referido a la elección, instalación y uso de matafuegos manuales y sobre ruedas.
Los requisitos incluidos aquí son mínimos. Los matafuegos son concebidos como una primera línea de defensa para hacer frente a fuegos de pequeña magnitud y son necesarios aunque el área de riesgo esté equipada con cualquier tipo de instalación fija contra incendio.
1-OBJETO
1.1 Servir de guía a las personas que deban proceder a la elección, compra, instalación y aprobación de matafuegos, teniendo en cuenta su cotización y diseño, en función de la clase de fuego sobre el cual presuntivamente deban actuar, de manera que llegue a procederse a su correcto uso.
1.2 Las consideraciones referidas a la protección contra el fuego incluidas en esta norma son de carácter general y, por lo tanto, no debe interpretarse que ellas modifiquen lo que establecen las respectivas normas IRAM especiales.

IRAM 3517-Parte II
INTRODUCCION
Debido a la importancia que los extintores tienen en las primeras etapas del desarrollo de un incendio, se hace necesario generar un procedimiento que describa los criterios a seguir para definir la cantidad y tipo e extintores en función de las distintas clases de riesgos; y que además permita describir los pasos a cumplir con los medios de extinción manuales y rodantes para asegurar a través del tiempo que los mismos mantengan sus características operativas originales.
En esta norma se sientan las bases para establecer la dotación necesaria de extintores, como así también su control, mantenimiento y recarga.

OBJETO
Establecer las condiciones que se deben cumplir relativas a la dotación, el control, el mantenimiento y la recarga de extintores.
Servir como referencia y guía sobre el tema para los propietarios y ocupantes de edificios, autoridades de aplicación, organismos de control, y empresas dedicadas al mantenimiento de extintores.